martes, 28 de junio de 2011

Notificaciones electronicas obligatorias


 
¿EN QUÉ CONSISTE EL SISTEMA?
El sistema de notificaciones electrónicas obligatorias consiste en que determinadas personas y entidades, que se entiende que disponen de los medios tecnológicos precisos, están obligadas a recibir por medios electrónicos (internet) las comunicaciones y notificaciones que les realícela AEAT por esta vía.
SISTEMA DE NOTIFICACIÓN

·        Dirección electrónica habilitada ‐ DEH (adhesión de la AEAT a la misma).
·        Titularidad del Ministerio de Política Territorial y Admón. Pública.
·        Prestador del servicio: S.E. Correos y Telégrafos.
·        Regulado por Orden PRE/878/2010 (BOE 12 de abril de 2010).

APLICACIÓN GRADUAL
 Aunque entró en vigor el 1 de enero de 2011, no surte efectos para cada obligado hasta que la AEAT no le comunica individualmente y por los métodos tradicionales su inclusión en el mismo, también surge efecto por comparecencia en la sede electrónica.
ÁMBITO SUBJETIVO
Casi exclusivamente a entidades jurídicas (básicamente, SA y SL), alrededor de 2 millones, de las cuales 1millon doscientas mil reciben alguna notificación a lo largo de un año, también unos mil empresarios y profesionales personas físicas, inscritos en el REDEME.
Todas están actualmente ya obligadas a presentar sus principales obligaciones tributarias por internet
ÁMBITO OBJETIVO
·     Todas las comunicaciones y notificaciones que efectúe la AEAT por este medio.
·     Será la forma normal de comunicación
·     En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, cuando éste haya señalado para notificaciones un lugar distinto de la DEH, se practicarán en el lugar señalado.
SIMPLICIDAD
 El registro en el servicio es automático para los incluidos obligatoriamente. No necesitan darse de alta en el mismo. Una vez recibida la notificación, el destinatario solo tiene que entrar periódicamente (mínimo cada 10 días naturales) en la DEH, aunque existe un mecanismo de aviso informal de notificación, mediante correo electrónico, para quienes así lo deseen.
DISPONIBILIDAD
Transcurridos los 10 días indicados sin acceder al buzón, se entiende producida la notificación, al igual que si rechazase la notificación en mano.
Transcurridos 30 días, las notificaciones producidas en la DEH siguen estando a disposición de sus destinatarios, pero solo en la sede electrónica de la AEAT
PUNTOS DE ACCESOS A DEH
·        Sede Electrónica AEAT: https://www.agenciatributaria.gob.es
·        General AGE: http://notificaciones.060.es
·        Buzón electrónico en internet (similar a una cuenta de correo electrónico).
REQUISITOS PREVIOS
Para acceder a la DEH se necesita:
·        Certificado electrónico (de la FNMT u otro organismo autorizado), o
·        DNI‐e, si se trata de una persona física, o
·        Apoderar a alguien para que reciba las notificaciones electrónicas en su nombre.
CONCLUSIONES
El nuevo sistema de notificación electrónica es más eficaz, seguro para ambas partes, económico (e incluso ecológico) que el tradicional por correo, con acuse de recibo y posterior envío, en su caso, al BOE.
Mayor seguridad jurídica: la Administración tiene la garantía de que el interesado recibe la notificación y éste de haberla recibido, evitando las molestias (costes, desplazamientos) que conlleva el aviso de correos o el envío al Boletín.
Para quien quiere cumplir con sus obligaciones tributarias es, sin duda, mucho mejor que el sistema tradicional.

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