El impuesto sobre bolsas de plástico de un solo uso entró en vigor el domingo, 1 de mayo, con una finalidad "medioambiental, persiguiendo la reducción de la utilización de estas bolsas de plástico y, por tanto, de la contaminación que generan".
Este impuesto está destinado a gravar el suministro de bolsas de Plástico por un establecimiento comercial, situado en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se crea y regula mediante el artículo séptimo de la Ley 11/2010, de 3 de diciembre, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad, con la finalidad de minorar la contaminación que generan y contribuir a la protección del medio ambiente.
Establece, de forma resumida, lo siguiente:
Tributaran todas aquellas bolsas entregadas a partir del 01/05/2011
- Solo tributan las bolsas de plástico de un solo uso. Las bolsas reutilizables o biodegradables no tributan (deberán cumplir con las características definidas en la orden).
- Es OBLIGATORIO repercutir el impuesto al cliente por Bolsa entregada.
- El modelo 751 es trimestral y para el 2011 será de 5 céntimos por bolsa vendida y para el 2012 de 10 céntimos (+ IVA). Los periodos de presentación del modelo del 01-20 de los meses de Enero/Abril/Julio/Octubre trimestral al igual que el resto de impuestos. Tiene su correspondiente modelo anual que es el 752
- Las bolsas en stock o compradas antes de que saliera la Ley es obligatorio igualmente ingresar este impuesto.
Según el Decreto-Ley 4/2010, de 06 de Julio, de medidas fiscales para la reducción del déficit público y para la sostenibilidad (Consejería de Hacienda y Administración Pública, Junta de Andalucía), en su artículo séptimo regula que, a partir del 01 de mayo de 2011, los titulares de establecimientos comerciales que suministren bolsas de plástico de un solo uso a los consumidores, deberán repercutir íntegramente 5 céntimos de euro más el 18°/o de IVA por cada una, quedando los. consumidores obligados a soportarlo.
A partir del 01 de enero de 2012 y posteriores, el tipo impositivo será de 10 céntimos de euro más el 18°/o de IVA por cada bolsa de plástico de un solo uso suministrada
El importe del impuesto constara en la factura, recibo o justificante correspondiente, apareciendo como concepto independiente e indicando el número de bolsas entregadas.
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